viernes, 5 de abril de 2019

Del Operativo Sol a la oscura estafa a millones de automovilistas


Recuerdo cuando a fines de la década del ´60, mi padre advirtió que en la Ruta 2, camino a Mar del Plata, un radar debía haber detectado que violó el máximo de velocidad que por entonces no superaba los 80 km por hora, anticipándonos que seríamos demorados hasta que se labrara un acta de infracción en el próximo destacamento policial. Y ello efectivamente ocurrió.

 Medio siglo más tarde, con todas las herramientas tecnológicas a disposición, los radares se han transformado en sofisticadas máquinas de fotos encargadas de medir los excesos de velocidad, con el único objetivo de que el Municipio al que corresponde el tramo de la ruta en el que nos excedemos en 2 ó 3 km del límite, “facturen” con multas insólitas y, para muchos, impagables.

 Para evitarlas, estamos pendientes de que aparezcan en nuestra visión carteles pequeños y vetustos que nos obligan, en muchos tramos del camino, casi a clavar los frenos para bajar la velocidad de 90 a 60 km, mientras las 4×4 y los automóviles de altísima gama nos rebasan al doble de velocidad por izquierda o derecha, obligándonos a extremar nuestros recaudos ante imprudencias ajenas que seguramente en casi todos los casos quedan impunes.

 Porque lejos de ser detenidos, como antaño sucedía, en los puestos policiales se observa a los agentes inertes, conversando y hasta durmiendo, ya que el mensaje del Estado provincial y municipal es evidentemente claro, permitiendo violar en forma flagrante los límites de velocidad para poder facturarles las multas, que en muchos casos no pagarán jamás gracias a algún funcionario “amigo”.

 Entre quienes padecemos injustamente la persecución de esos “radares mercantiles”, se encuentra un ciudadano que se ha tomado el trabajo de plantear un amparo en la provincia de Misiones, motivando que un Juez Federal esta semana haya dictado un fallo ejemplar que declara inconstitucionales a las “fotomultas”, obligando, como muchas décadas atrás, a que la policía detenga al infractor y labre el acta de infracción, permitiendo que el automovilista pueda ejercer su derecho de defensa.

 Pero además ese fallo, que deberá reproducirse ante los amparos que comenzaremos a promover en todas las jurisdicciones del país, redundará en beneficio de la seguridad de todos al castigar a los imprudentes que ponen en riesgo sus vidas y las ajenas, al obligar a los agentes a detenerlos.

1 comentario:

  1. ¡¡¡EXCELENCIA... como es su costumbre Señor Dr. Fabián Bergenfeld!!!
    GRACIAS

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